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miércoles, 20 de enero de 2021

Tras la aprobación de la Ley, se debate sobre el futuro de la causa al “doctor aborto”

 18/01/2021 - 7:25 - 19/01/2021 - 7:28 actualizado

Tras la aprobación de la Ley, se debate sobre el futuro de la causa al “doctor aborto”

Con la reciente promulgación de la Ley del Aborto, los actores judiciales empezaron a debatir

 sobre el futuro de una resonante causa que ya fue elevada a juicio, por la cual resultó 

imputado “el doctor aborto” Germán Cardoso, por una práctica clandestina  realizada en su 

consultorio en el 2018. Los alcances del nuevo marco legal para el  futuro del médico acusado.

El Eco

A más precisiones, el controvertido médico aguarda por el juicio en el que se

 definirá su situación procesal, acusado del delito de “aborto con consentimiento de

 la mujer en concurso real con sustracción de medios de prueba en grado de

 tentativa”.

Como oportunamente se informó, a principios de julio de 2018, cuando el debate

por la despenalización del aborto marcaba la agenda política nacional, en la 

ciudad se realizaba un allanamiento en el consultorio del “doctor aborto”,

 cuando estaba realizando la práctica médica clandestina a una joven que

tenía un embarazo de 16 semanas. Tras el delicado procedimiento policial, 

la Justicia resolvió la instrucción penal que se había iniciado en torno a los prota-

gonistas. La joven fue absuelta por el delito, en tanto que el médico espera por el debate a realizarse en el Juzgado Correccional 1, con fecha a confirmar.

Efectivamente no hubo mayores certezas sobre el inicio del debate, no sólo por el

 atípico año transitado en medio de restricciones judiciales obligadas por la pande-

mia, sino también por la estrategia defensista del acusado, que apeló ca-

da instancia, incluso especulándose que muchos de los reparos del defensor tení-

an que ver con contar con un escenario más propicio al interés de su pupilo, acer-

ca del humor político que aludía a que más temprano que tarde la Ley del Aborto

 sería un hecho.

A propósito del flamante marco normativo nacional, surge el debate sobre si

 será retroactivo o no, teniendo en cuenta que muchas organizaciones sociales en de-

fensa de los derechos de la mujer ya han alzado su voz a favor de que se levantan las impu-

taciones para aquellas mujeres que quedaron procesadas por la anterior postulación penal 

que marcaba el Código. En ese contexto, también cabe ese interrogante para con la situación 

procesal del doctor Cardoso.

Igualmente, desde fuentes judiciales se aclaró que al médico no sólo se le imputó la prácti-

ca abortiva, también le valió otra acusación acerca del ocultamiento de prueba que re-

dunda en el entorpecimiento de una causa.

Pero específicamente sobre la imputación por el aborto practicado, será materia de debate en-

tre las partes sobre los alcances de la nueva ley, siendo que a la hora de juzgar a un procesado siempre se debe regir por la norma más benigna, por lo que en este caso le cabría al galeno la ley

 actualmente promulgada.

Sin embargo, habría un detalle no menor en la investigación específica que se volcó al ex-

pediente y forma parte del material probatorio de la acusación. Tanto en las anotaciones 

secuestradas en las que figuraban los datos de la paciente, se habría plasmado la cantidad de

 semanas del embarazo, lo que sería superior a lo que ahora contempla la nueva ley.

A más precisiones, lo que aprobó el Congreso y promulgó Presidencia habla de hasta la 

semana 14, cuando el caso particular ventilado y el cual le valió la imputación a Cardoso,

 se mencionan 16 semanas.

De todas formas, como se dijo, formará parte de la discusión judicial que quedó inmersa en el

 desarrollo y desenlace de un nuevo marco legal que ganó tanto en adhesiones como en recha-

zos.

El caso

Como oportunamente se informó, el suceso se ventiló tras la manifestación que un grupo 

de vecinos conocidos como Pro Vida, rezaba y había intentado convencer a la mujer de que 

desistiera de su decisión cuando ingresó al consultorio de Cardoso, el cual finalmente fue

 epicentro de un allanamiento que llevó varias horas y en el que se secuestró medica-

ción, dinero, aparatos e instrumental médico, que a la postre fueron peritados para 

determinar si se utilizaban para efectuar abortos clandestinos.

Vale recordar que la joven, en tanto, fue trasladada al Hospital Ramón Santamarina, donde se 

la examinó y quedó internada en el piso común del área de ginecología. Según el parte mé-

dico, estaba estable y lúcida y quedó asentado en el expediente judicial que efectivamente 

había secuelas de un aborto.

Tal se preveía de acuerdo a lo que marca el Código Penal respecto a la pena en expectativa

por el delito endilgado (de 1 a 4 años de prisión), el médico Cardoso recuperó su libertad al 

día siguiente, tras ser notificado de la causa y negarse a declarar.

Por el hecho, el fiscal Damián Borean le imputó el delito de “Aborto consentido”, figura que

 contempla una pena en expectativa de uno a cuatro años, lo que resulta excarcelable. Una vez

 anoticiado de la imputación en su contra, y pasadas las horas, se resolvió la libertad del acu-

sado. Entre las medidas solicitadas, se peticionó que el médico no pueda irse del país, que 

conforme un domicilio y acuda a la sede de fiscalía al momento de ser citado. Además 

de continuar procesado por el delito citado, también el ministerio público ordenó que

 se libren actuaciones al Colegio de Médicos, para que evalúen y consecuentemente resuel-

van sobre la conducta del matriculado. Incluso se diligenció que se verifique la habili-

tación del consultorio donde Cardoso trabajaba y realizó la práctica abortiva.

Ya sustanciada la causa, el fiscal solicitó la elevación a juicio de las actuaciones respecto 

del imputado Germán Pablo Cardoso, como así también se pidió el sobreseimiento total 

de la joven involucrada, cuya situación procesal penal quedó resuelta por el juez José Alberto

 Moragas.

La acusación

Tal se informó, la acusación a Cardoso señala que previo acuerdo y recibiendo la suma de 30

 mil pesos, aproximadamente a las 9 del 3 de julio de 2018, en el interior de su consultorio de

 4 de Abril 1188, realizó prácticas abortivas sobre una joven con el consentimiento de ésta. 

Que así causó a interrupción del embarazo y la consecuente muerte del feto gestado.

Como segundo hecho imputable, se detalló en la acusación que en el interior de dicho 

consultorio médico, en circunstancias en que la policía llevaba adelante el allanamiento 

y secuestro (entre otras cosas, de teléfonos celulares del imputado), el doctor intentó sustra-

er al menos uno de sus dos teléfonos celulares personales, los que -con su conte-

nido y sus comunicaciones- estaban destinados a servir de prueba en la citada causa ante 

la fiscalía y tribunales competentes y, en ese momento, estaban confiados a la custo-

dia de los mencionados funcionarios policiales intervinientes que debían secuestrarlos en cum-

plimiento de la orden judicial aludida.

Los hechos que se tienen por demostrados y endilgados a Cardoso encontraron basamento 

probatorio en lo aportado por los testigos incorporados al expediente, más los informes 

médicos y demás elementos que oportunamente se secuestraron en el procedimiento en el con-

sultorio.

Nota proporcionada por :

  • ElEcodeTandil

COMENTARIOS

  • La ley penal es retroactiva, de modo que si se lo acusaba de un delito que ha dejado de serlo, desaparece la acusación.
    En el aire queda si el embarazo era de 14 o 16 semanas. Si no hay cuerpo del delito, el feto, que demuestre las 16 semans u otra prueba irrebatible, el medico dirá que “le parecía”, o “era probable”, y con solo eso no se puede condenar a nadie.
    O sea, de frente, de atrás, de arriba, de abaja,. derecha e izquierda, toca absolverlo.
    Podría ser que si el tribunal de primera instancia es católico, lo condenen en base a fundamentos que en Camara tocaría rebatir, y si aun en Cámara hay jueces católicos con ganas de expresar su malestar por la ley, que el caso siga subiendo con condenas que finalmente tocará anular.
    Pero eso, más tarde o mas temprano, será absuelto porque lo que hizo ya no es delito, y si delinquió, no hay manera de probarlo, por aquello de que nadie está obligado a declarar contra si mismo.

  • La causa debe seguir su curso normal, aunque con la ley seguramente tendrá concesiones a su favor… ahí también se verá de que lado están, si el de la vida o el de seguir apañando la muerte.
    Lo que hagan sentara presedentes para el futuro judicial.

Tras la aprobación de la Ley, se debate sobre el futuro de la causa al “doctor aborto”

 18/01/2021 - 7:25 - 19/01/2021 - 7:28 actualizado

Tras la aprobación de la Ley, se debate sobre el futuro de la causa al “doctor aborto”

Con la reciente promulgación de la Ley del Aborto, los actores judiciales empezaron a debatir sobre el futuro de una resonante causa que ya fue elevada a juicio, por la cual resultó imputado “el doctor aborto” Germán Cardoso, por una práctica clandestina realizada en su consultorio en el 2018. Los alcances del nuevo marco legal para el futuro del médico acusado.

El Eco


Con la reciente aprobación y respectiva promulgación de la Ley del Aborto surgieron, cual acto reflejo, en los pasillos judiciales locales, especulaciones en torno al futuro de la instrucción penal elevada a juicio contra el médico Germán Cardoso, bautizado como el “doctor aborto”, quien precisamente afronta una imputación por una práctica que por entonces era clandestina.

A más precisiones, el controvertido médico aguarda por el juicio en el que se definirá su situación procesal, acusado del delito de “aborto con consentimiento de la mujer en concurso real con sustracción de medios de prueba en grado de tentativa”.

Como oportunamente se informó, a principios de julio de 2018, cuando el debate por la despenalización del aborto marcaba la agenda política nacional, en la ciudad se realizaba un allanamiento en el consultorio del “doctor aborto”, cuando estaba realizando la práctica médica clandestina a una joven que tenía un embarazo de 16 semanas. Tras el delicado procedimiento policial, la Justicia resolvió la instrucción penal que se había iniciado en torno a los protagonistas. La joven fue absuelta por el delito, en tanto que el médico espera por el debate a realizarse en el Juzgado Correccional 1, con fecha a confirmar.

Efectivamente no hubo mayores certezas sobre el inicio del debate, no sólo por el atípico año transitado en medio de restricciones judiciales obligadas por la pandemia, sino también por la estrategia defensista del acusado, que apeló cada instancia, incluso especulándose que muchos de los reparos del defensor tenían que ver con contar con un escenario más propicio al interés de su pupilo, acerca del humor político que aludía a que más temprano que tarde la Ley del Aborto sería un hecho.

A propósito del flamante marco normativo nacional, surge el debate sobre si será retroactivo o no, teniendo en cuenta que muchas organizaciones sociales en defensa de los derechos de la mujer ya han alzado su voz a favor de que se levantan las imputaciones para aquellas mujeres que quedaron procesadas por la anterior postulación penal que marcaba el Código. En ese contexto, también cabe ese interrogante para con la situación procesal del doctor Cardoso.

Igualmente, desde fuentes judiciales se aclaró que al médico no sólo se le imputó la práctica abortiva, también le valió otra acusación acerca del ocultamiento de prueba que redunda en el entorpecimiento de una causa.

Pero específicamente sobre la imputación por el aborto practicado, será materia de debate entre las partes sobre los alcances de la nueva ley, siendo que a la hora de juzgar a un procesado siempre se debe regir por la norma más benigna, por lo que en este caso le cabría al galeno la ley actualmente promulgada.

Sin embargo, habría un detalle no menor en la investigación específica que se volcó al expediente y forma parte del material probatorio de la acusación. Tanto en las anotaciones secuestradas en las que figuraban los datos de la paciente, se habría plasmado la cantidad de semanas del embarazo, lo que sería superior a lo que ahora contempla la nueva ley.

A más precisiones, lo que aprobó el Congreso y promulgó Presidencia habla de hasta la semana 14, cuando el caso particular ventilado y el cual le valió la imputación a Cardoso, se mencionan 16 semanas.

De todas formas, como se dijo, formará parte de la discusión judicial que quedó inmersa en el desarrollo y desenlace de un nuevo marco legal que ganó tanto en adhesiones como en rechazos.

El caso

Como oportunamente se informó, el suceso se ventiló tras la manifestación que un grupo de vecinos conocidos como Pro Vida, rezaba y había intentado convencer a la mujer de que desistiera de su decisión cuando ingresó al consultorio de Cardoso, el cual finalmente fue epicentro de un allanamiento que llevó varias horas y en el que se secuestró medicación, dinero, aparatos e instrumental médico, que a la postre fueron peritados para determinar si se utilizaban para efectuar abortos clandestinos.

Vale recordar que la joven, en tanto, fue trasladada al Hospital Ramón Santamarina, donde se la examinó y quedó internada en el piso común del área de ginecología. Según el parte médico, estaba estable y lúcida y quedó asentado en el expediente judicial que efectivamente había secuelas de un aborto.

Tal se preveía de acuerdo a lo que marca el Código Penal respecto a la pena en expectativa por el delito endilgado (de 1 a 4 años de prisión), el médico Cardoso recuperó su libertad al día siguiente, tras ser notificado de la causa y negarse a declarar.

Por el hecho, el fiscal Damián Borean le imputó el delito de “Aborto consentido”, figura que contempla una pena en expectativa de uno a cuatro años, lo que resulta excarcelable. Una vez anoticiado de la imputación en su contra, y pasadas las horas, se resolvió la libertad del acusado. Entre las medidas solicitadas, se peticionó que el médico no pueda irse del país, que conforme un domicilio y acuda a la sede de fiscalía al momento de ser citado. Además de continuar procesado por el delito citado, también el ministerio público ordenó que se libren actuaciones al Colegio de Médicos, para que evalúen y consecuentemente resuelvan sobre la conducta del matriculado. Incluso se diligenció que se verifique la habilitación del consultorio donde Cardoso trabajaba y realizó la práctica abortiva.

Ya sustanciada la causa, el fiscal solicitó la elevación a juicio de las actuaciones respecto del imputado Germán Pablo Cardoso, como así también se pidió el sobreseimiento total de la joven involucrada, cuya situación procesal penal quedó resuelta por el juez José Alberto Moragas.

La acusación

Tal se informó, la acusación a Cardoso señala que previo acuerdo y recibiendo la suma de 30 mil pesos, aproximadamente a las 9 del 3 de julio de 2018, en el interior de su consultorio de 4 de Abril 1188, realizó prácticas abortivas sobre una joven con el consentimiento de ésta. Que así causó a interrupción del embarazo y la consecuente muerte del feto gestado.

Como segundo hecho imputable, se detalló en la acusación que en el interior de dicho consultorio médico, en circunstancias en que la policía llevaba adelante el allanamiento y secuestro (entre otras cosas, de teléfonos celulares del imputado), el doctor intentó sustraer al menos uno de sus dos teléfonos celulares personales, los que -con su contenido y sus comunicaciones- estaban destinados a servir de prueba en la citada causa ante la fiscalía y tribunales competentes y, en ese momento, estaban confiados a la custodia de los mencionados funcionarios policiales intervinientes que debían secuestrarlos en cumplimiento de la orden judicial aludida.

Los hechos que se tienen por demostrados y endilgados a Cardoso encontraron basamento probatorio en lo aportado por los testigos incorporados al expediente, más los informes médicos y demás elementos que oportunamente se secuestraron en el procedimiento en el consultorio.

  • La ley penal es retroactiva, de modo que si se lo acusaba de un delito que ha dejado de serlo, desaparece la acusación.
    En el aire queda si el embarazo era de 14 o 16 semanas. Si no hay cuerpo del delito, el feto, que demuestre las 16 semans u otra prueba irrebatible, el medico dirá que “le parecía”, o “era probable”, y con solo eso no se puede condenar a nadie.
    O sea, de frente, de atrás, de arriba, de abaja,. derecha e izquierda, toca absolverlo.
    Podría ser que si el tribunal de primera instancia es católico, lo condenen en base a fundamentos que en Camara tocaría rebatir, y si aun en Cámara hay jueces católicos con ganas de expresar su malestar por la ley, que el caso siga subiendo con condenas que finalmente tocará anular.
    Pero eso, más tarde o mas temprano, será absuelto porque lo que hizo ya no es delito, y si delinquió, no hay manera de probarlo, por aquello de que nadie está obligado a declarar contra si mismo.

  • La causa debe seguir su curso normal, aunque con la ley seguramente tendrá concesiones a su favor… ahí también se verá de que lado están, si el de la vida o el de seguir apañando la muerte.
    Lo que hagan sentara presedentes para el futuro judicial.


miércoles, 24 de junio de 2020

Aborto Sin Barreras

Aborto Sin Barreras ¿Dónde puede acudir para un aborto en una clínica? Esto es lo mejor, comprobable, de lujo, el lugar y la atención con médicos muy conocidos, matriculados, con mucha experiencia, muy recomendable. Consultá tu tratamiento personalizado, según tus semanas de gestación, tu única solución seria y confiable para tu caso en Argentina. Médicos serios y responsables, no dudes en consultarlos, te recomiendo una clínica muy buena, no vas a tener inconvenientes, escribe a atrasomenstrual@yahoo.com.ar o también podes llamar al teléfono 011 15 59 26 97 99

lunes, 13 de agosto de 2018

¿donde me puedo hacer un aborto legal en argentina... - Enfemenino

¿donde me puedo hacer un aborto legal en argentina... - Enfemenino ¿donde me puedo hacer un aborto legal en argentina... - Enfemenino Esto es lo mejor, comprobable, de lujo, el lugar y la atención con médicos muy conocidos, matriculados, con mucha experiencia, muy recomendable. Consultá tu tratamiento personalizado, según tus semanas de gestación, tu única solución seria y confiable para tu caso en Argentina. Médicos serios y responsables, no dudes en consultarlos, te recomiendo una clínica muy buena, no vas a tener inconvenientes, escribe a atrasomenstrual@yahoo . com.ar o también podes llamar al teléfono 011 15 59 26 97 99

lunes, 21 de noviembre de 2016

La despenalización viene en píldoras

La despenalización viene en píldoras* Se estima que cada año, medio millón de mujeres abortan en el país. La clandestinidad en que se realizan estas intervenciones suele derivar en trastornos irreversibles y hasta la muerte. Ante la falta de debate legislativo sobre el tema, se extiende la aplicación del aborto farmacológico. El medicamento se administra bajo receta y en 2011 se vendieron en el país 115 mil envases. *Nota publicada en la revista El Cruce de diciembre aborto Por Rocío Magnani No es el momento, resolvieron. Tenían veinte años y una pila de proyectos en camino. Querían organizar mejor sus vidas, estudiar, trabajar, tener un hogar propio: la oportunidad de elegir cómo y cuándo traer hijos al mundo. El aborto era la principal causa de muertes por gestación, una práctica ilegal y culturalmente negada. Pero la decisión estaba tomada, así que con mucho esfuerzo y sin contar nada a sus padres juntaron el monto que les pedían en la clínica privada, y la novia de Alfredo, hoy su esposa y la madre de sus hijos, interrumpió el embarazo. Pasaron unos treinta años. Alfredo Fernández es secretario de Salud de Lomas de Zamora, el aborto dejó de ser mala palabra y el Estado ha encarado la educación sexual como política pública. La planificación familiar, sin embargo, es realidad de pocos, y el aborto clandestino todavía constituye la mayor causa de muertes maternas en el país. En Argentina, se estima que el 60 por ciento de los embarazos no son buscados y que el 40 por ciento del total de las gestaciones son interrumpidas de forma voluntaria. Las clases medias y altas acceden a procedimientos relativamente seguros en clínicas privadas que cobran unos 5 mil pesos por la práctica, mientras que son las pobres las que caen en métodos más peligrosos ejecutados por curanderos, enfermeras o vecinos. Evidencias de esa exclusión hay muchas. En octubre de este año, por ejemplo, una chica terminó sus 20 años en el porteño Hospital Pirovano como consecuencia de una interrupción del embarazo realizado en condiciones precarias que derivó en una infección generalizada. En tanto, el jefe de gobierno Mauricio Macri anunciaba el veto a la ley de regulación del aborto no punible en la Ciudad de Buenos Aires, donde decenas de acomodados consultorios atienden a las acomodadas señoras y señoritas de los acomodados vecindarios porteños. Hay un elemento que en ese contexto rompe con esa regla que divide la suerte de las mujeres pobres de las que pertenecen a la clase media. Se trata de la utilización, por parte de las clases populares, de un medicamento que, autoadministrado hasta las doce semanas de gestación, constituye un método abortivo seguro y reduce radicalmente los riesgos de infección. Se trata de la droga conocida bajo el nombre genérico de misoprostol. En Argentina, su venta es legal a un costo promedio de 360 pesos, y cada vez más mujeres lo adoptan como método abortivo. Especialistas consultados por El Cruce coinciden en que el aborto farmacológico tiene numerosas ventajas con respecto a otras técnicas cuando la práctica se realiza en situación de clandestinidad, pero advierten que debe ser utilizado con suficiente información. Las experiencias de otros países demuestran que, sostenida en políticas públicas eficaces, el método ayuda a reducir las complicaciones post aborto, incluso en los Estados donde el aborto es ilegal. Por eso, mientras los sectores conservadores dilatan el tratamiento de una ley nacional de despenalización del aborto, un colectivo heterogéneo de militantes feministas, funcionarios como el secretario de Salud de Lomas, trabajadoras sociales y médicos juegan la pulseada en otro terreno. Entienden que el aborto es un problema de salud pública y que la solución definitiva tiene que ser la legalización de la práctica, pero entretanto brindan información para que las mujeres de sectores populares tomen conciencia, dispongan de información sobre métodos anticonceptivos y, en último caso, accedan a abortos seguros mediante la técnica farmacológica. El aborto en Argentina Históricamente el debate se dirime entre abortistas y no abortistas: cuándo empieza la vida, para qué casos es justificable y para cuáles no, una lucha tan apasionada como improductiva. Porque, mientras se perfeccionan los argumentos a favor y en contra, las mujeres siguen reafirmando el derecho a la autonomía sobre su cuerpo. El Ministerio de Salud estima que en Argentina se producen anualmente medio millón de abortos clandestinos, mientras que se registran alrededor de 700 mil nacidos vivos. La relación es de un aborto por cada 1,4 nacimientos. Es decir que, en promedio, una mujer que tiene dos hijos ha tenido al menos una interrupción del embarazo. Las complicaciones post aborto, producto de las condiciones de riesgo, constituyen hace más de tres décadas alrededor del 30 por ciento de las muertes maternas el país. De las 500 mil que abortan, unas 80 mil son hospitalizadas y al menos cien mueren, aunque las organizaciones sociales calculan que se produce el triple de fallecimientos. Otras sufren infecciones graves y quedan infértiles. Las tasas de mortalidad materna por abortos tienen una alta incidencia en la Argentina. Grageas Existen dos tipos de métodos abortivos: los quirúrgicos, que para que sean seguros requieren que esté a cargo de un profesional de salud capacitado y de condiciones de asepsia adecuados, y los farmacológicos, que pueden ser realizados sin intervención médica aunque se recomienda que se haga con control profesional previo y posterior. La Guía Técnica nacional para la Atención de los Abortos No Punibles, publicada en 2007 en base a los protocolos mundiales, deja en manos de los médicos la decisión de qué método utilizar, pero recomienda ambas formas hasta el primer trimestre de embarazo. En el caso de los métodos farmacológicos, para abortos a Guía Técnica y de Políticas para el Aborto sin riesgo de la OMS (versión 2012) propone a los profesionales la utilización de mifepristona seguida de misoprostol o de misoprostol solo. La mifepristona es un medicamento complejo, cuya producción es costosa y que fue creado específicamente como abortivo. Por lo tanto, se produce sólo en los países que han legalizado la práctica. El misoprostol, en cambio, fue descubierto como abortivo seguro y económico por las mujeres latinoamericanas hace varias décadas y su comercialización está aprobada en la mayoría de los países del continente para la prevención y tratamiento de las úlceras gástricas y duodenales, y para algunas aplicaciones obstétricas. La OMS, la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (Flasog), la organización Ipas y el Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro (Clacai) lo recomiendan para interrumpir gestaciones. “Utilizado de forma correcta, hasta la semana doce, es un método seguro y de alta efectividad”, explica a El Cruce Verónica Marzano, trabajadora social especialista en el tema. “A diferencia de un procedimiento quirúrgico, que empieza y termina, el misoprostol produce un aborto en curso durante varios días. La media (siempre en las primeras doce semanas) es de entre 5 y 7 días, en los que se produce un sangrado similar al de la menstruación. Sobre todo hasta la semana nueve, es tan parecido que la guía de la OMS no habla de aborto en esos primeros dos meses de gestación, sino de ‘manejo de la menstruación’.” La Penicilina del Siglo XXI La OMS establece que el aborto con misoprostol es uno de los métodos más seguros para los países en que la práctica es legal, pero también recomienda que se dé información sobre su uso en los países que mantienen la penalización para evitar los riesgos que producen otros métodos. Es que el aborto con estas pastillas “no es una práctica invasiva, no necesita anestesia, las mujeres pueden manejarlo solas si quieren, es más natural porque se asemeja más a una menstruación y tiene bajísimos riesgos”, detalla Marzano. “El medicamento además evita el uso de elementos infectados y la rotura de útero, que se produce cuando se pincha ese órgano con una cureta (método quirúrgico obsoleto que la OMS no recomienda para la práctica) o con una aguja de tejer u otro objeto punzante , mecanismos que todavía usan las mujeres más pobres en la desesperación de abortar.” Las complicaciones que puede tener el misoprostol son menores, según la trabajadora social. “Como abortivo, la Federación de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (Flasog) establece que es efectivo en nueve de cada diez mujeres. Entonces, el peor cuadro es que no funcione, porque las semanas seguirán pasando y las mujeres tendrán que buscar sí o sí otro método. Porque si el aborto está incompleto, la mujer corre peligro de una infección y es necesario que acuda a un hospital para una aspiración o legrado. Sólo una de cada mil mujeres tiene una hemorragia y en cuanto al dolor, es el propio de un aborto espontáneo. Lo habitual es que la mujer vaya al médico sólo porque se asustó por la pérdida de sangre o porque quiere una ecografía para cerciorarse de la efectividad del método”. Un caso interesante es el de Uruguay, que acaba de sancionar el aborto legal, seguro y gratuito (ver recuadro). A partir de 2008 –cuando todavía el aborto era ilegal—, ese país desarrolló una fuerte política pública para combatir los abortos inseguros a través de garantizar a las mujeres el acceso a información sobre el uso correcto del misoprostol. Se dispusieron consejerías pre y post aborto en todo el país, y sólo eso logró bajar los niveles de mortalidad materna por abortos inseguros en 2009 a cero. Fue tal el impacto, que especialistas uruguayos definieron al misoprostol como “la penicilina del siglo XXI”. En México, sólo el Distrito Federal despenalizó, en 2007, la interrupción voluntaria de la gestación y, por lo tanto, recibe a mujeres de todo el país que viajan a la capital para la práctica. “Al principio, por cada aborto se hacía una internación, lo que para el Estado fue muy difícil porque no siempre se conseguía la cama para realizar la interrupción antes de las doce semanas que están permitidas por ley”, describe Marzano. Entonces, “el misoprostol se convirtió en la gran alternativa, porque como el medicamento puede ser administrado, las mujeres van al centro de salud de la ciudad mexicana, se les da información y el medicamento, se van a sus casas, lo utilizan y vuelven a los 15 días para un monitoreo. Y, por supuesto, si tienen una emergencia son atendidas con urgencia”, detalla la trabajadora social. *Acceso al medicamento * En Argentina, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (Anmat) establece que la venta de misoprostol, bajo el nombre comercial de Oxaprost, es legal en cualquier farmacia bajo receta simple, aunque organizaciones feministas denuncian que algunos locales piden requisitos extra, aplican sobreprecios, dan información confusa sobre su uso como abortivo o se niegan a venderlo. Un informe del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos al que accedió El Cruce detalla que “en 2009, se vendieron unos 100 mil envases de 16 comprimidos de Misoprostol y en 2011, 115 mil envases (1.840.000 comprimidos)”. El sindicato destaca que su uso es exclusivamente como abortivo porque el costo del misoprostol ronda los 360 pesos, y para controlar la gastritis “existen alternativas más efectivas como Ranitidina, Famotidina u Omeprazol a 50 pesos”. Según Marzano, “alrededor del 85 por ciento de las mujeres que abortan en Argentina lo hacen con misoprostol”. La receta puede realizarla cualquier médico “porque existe libertad de recetar y así como el profesional puede prescribir otros medicamentos para usos que no son recomendados por la Anmat, como es el caso de las aspirinetas para prevenir infartos, pueden recetar el misoprostol sin aclarar cuál será su uso”, agrega. Buena parte de las ventas, sin embargo, se manejan en el mercado clandestino, donde no es necesaria la receta, y los precios aumentan. Por ejemplo, en ferias, a través de Internet o por profesionales que las comercializan sueltas. Consejerías en Buenos Aires A pesar de que no están visibilizadas, en Argentina también hay consejerías pre y post aborto que funcionan de modo similar al modelo uruguayo. No aconsejan, pero brindan la información sobre los riesgos que conllevan algunas formas de abortar y sobre el modo en que el misoprostol debe ser empleado para que sea seguro. La mayoría son iniciativas distritales que funcionan en unidades sanitarias a cargo de profesionales de salud y trabajadores sociales. Funcionan, con mayor o menor alcance, en la Ciudad de Buenos Aires, el municipio de Morón y en el de Lomas de Zamora. Sólo en este último partido, se estima que se producen entre 8 y 12 mil abortos por año, cifra que surge de la cantidad de mujeres en edad fértil del municipio en comparación a las estimaciones de aborto a nivel nacional. “Los centros de salud y el Estado deben estar a la altura de las circunstancias, no pueden permanecer ajenos”, resalta el secretario de Salud comunal Alfredo Fernández. “Porque la realidad es que en los barrios la pastilla se usa cada vez más y los servicios de salud deben tener una actitud preventiva y brindar asesoramiento para prevenir daños.” La existencia de la píldora abortiva es clave para estos servicios. “Es una tecnología que planteó una ruptura con respecto a los modos de abortar”, destaca Geraldine Ponce, trabajadora social y docente en la UBA que coordinó la iniciativa de la Secretaría de Salud del municipio. “Posibilita que la mujer se practique el aborto en su domicilio, de forma privada, y que el profesional de la salud intervenga, porque el marco jurídico establece que es obligación de los médicos reducir el daño a través de la información y, además, da libertad para recetar.” Sin embargo, contrapone Ponce, “muchos profesionales se niegan a dar la receta por miedo, cuando de hecho no hay un solo caso que siente jurisprudencia por penalizar a un médico por recetar misoprostol y, en cambio, hoy están siendo procesados dos médicos por negarse a informar a una mujer que murió a consecuencia de la práctica de un aborto inseguro. El tema es que, como dijo Foucault, la verdad jurídica es una guerra de interpretaciones y hay un gran aparato cultural en relación a la hegemonía médica y las mal llamadas organizaciones pro-vida que batallan por negar la receta”. Las consejerías, precisamente, fueron creadas con el objetivo de garantizar que los centros de salud cuenten con al menos un servicio de profesionales amigables. Para acceder a este servicio, “la mujer tiene que recurrir al centro de salud de su barrio y allí tiene que consultar si ahí hay un servicio de consejería pre y post aborto. Es importante saber que, aunque no lo haya, si pide ser asesorada sobre el uso del misoprostol, puede haber un objetor de conciencia que se niegue a informarla, pero ese profesional tiene la obligación de recomendarla a otro”, agrega. *La información como bien social * “El conocimiento es un bien social y las mujeres no somos ‘usuarias’; somos las protagonistas de nuestras propias vidas que es la vida de todas y de cada una”, afirma el colectivo Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto, que desde 2009 sostiene a pulmón la línea telefónica “Más información, menos riesgos” (011-156-664-7070). A través de esas llamadas brindan información actualizada de fuentes médicas, científicas, estatales y sociales para que las mujeres puedan tomar decisiones informadas. Y también editaron “Todo lo que querés saber sobre cómo hacer un aborto con pastillas”, un manual fácil de entender que explica qué es un aborto con misoprostol, su proceso, sus síntomas y cuáles son los derechos de las mujeres. En estos tres años, la línea lleva atendidas más de 115 mil llamadas de todo el país y el libro fue descargado más de 30 mil veces, cuenta a esta revista, Paloma Rodríguez, militante de Lesbianas y Feministas. “Existen distintos modos de conseguir información sobre el misoprostol. Están las organizaciones sociales, las consejerías pre y post aborto y algunos programas de Salud que pueden ser lo suficiente flexibles para que la mujer haga preguntas, pero lo cierto es que no llegan a todas.” La organización recibe donaciones para sostener este proyecto (facebook.com/abortoconpastillas) De hecho, en la Ciudad de Buenos Aires, sólo el 10 por ciento de los Centros de Salud brindan el servicio de consejería, pero es obstaculizado por las direcciones y otros colegas, según determinó el colectivo a través de un relevamiento de las llamadas telefónicas que se presentó en 2011. Por otra parte, el trabajo realizado por la organización arrojó que el 62 por ciento de las mujeres adultas y la mitad de las adolescentes prefieren no acudir a los servicios de salud cuando buscan atención por aborto por miedo a la represalia del médico. “Hoy la mayoría de las mujeres que llama a la línea sabe lo que es el misoprostol, pero quiere sentirse acompañada, sacarse las dudas con mujeres que no la van a discriminar. El 94 por ciento de las mujeres llama antes de la semana doce, y el 54 por ciento antes de la semana seis, es decir con suficiente tiempo”, explica Rodríguez. El principal problema para ellas, agrega, es el acceso al medicamento: “Sólo el 70 por ciento compra las pastillas en